Alcalá de Henares, martes, 05 de diciembre de 2023
 

El Fuero Viejo

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Podría haber sido otorgado por el arzobispo de Toledo, don Raimundo, a la localidad de Alcalá de Henares sobre el año 1135.

El Fuero ViejoEn un texto que ha llegado a nuestros días se asegura que el arzobispo Rodrigo Jiménez de Rada, obispo de 1208 a 1247, lo confirmó en el siglo XIII , no obstante, en su prólogo también se dice que había sido realizado por su antecesor, el ya mencionado don Raimundo, "con todos los pobladores de Alcalá".

La copia que ha llegado a nosotros consta de 303 artículos y demás disposiciones, en los que se regulan toda suerte de materias, tanto políticas como administrativas, mercantiles, penales y judiciales.

Está escrito en lengua romance sobre pergamino.

Por este Fuero, se le otorga a Alcalá el título de villa clerical, que con el tiempo acabará adquiriendo privilegios prelaticios y reales.

En él se establece, entre otras cosas, que los miembros del concejo y el arzobispo tendrán sus derechos propios. Además, se permite a los vecinos de la villa elegir a sus autoridades civiles; alcaldes y jurados. Dichos alcaides y jurados designarían a los tenientes de las villas tributarias. La renovación de los cargos se hacía una vez al año coincidiendo con el día de San Martín y eran elegidos por distritos.

Los derechos del "concejo" y señor está explicados minuciosamente. A los alcaldes se les asociaba unos fiadores. Los fallos eran absolutos y los juicios secretos. Para hablar entre ellos, si así lo requerían, se podía hacer salir a los fiadores y al mismo juez (nombrado por el arzobispo).

La población se distinguía según perteneciesen a la villa o al castillo. Estos últimos tenían algún privilegio.

En lo penal se admitía la "vindicta" propia de las querellas personales, se castigaba severamente la alevosía y las penas eran iguales cuando las víctimas eran cristianas o judías pero no así si éstas eran moras.